miércoles, 4 de abril de 2012

Novedades en el Impuesto sobre Sociedades para el ejercicio 2012 y 2013

En la presente circular se detallan las principales novedades legislativas en materia de Impuesto sobre Sociedades aprobadas en el RD 12/2012, de 30 de marzo, publicado en el BOE en fecha 31 de marzo de 2012, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.

Dicha norma ha entrado en vigor el 1 de abril de 2012 y prevé su aplicación de forma mayoritaria en los periodos impositivos iniciados en 2012 y 2013.

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Modificación del pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades






Mediante la presente circular pasamos a reseñar una de las novedades más significativas introducidas y aprobadas en el RD 12/2012, de 30 de marzo, publicado en el BOE en fecha 31 de marzo 2012, que es la modificación del pago a cuenta para las empresas que tributen por la modalidad de grandes empresas o hayan optado por este régimen.

Se fija un pago fraccionado mínimo que se establece para las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores a la fecha en la que se inicien los periodos impositivos dentro del año 2012 ó 2013 sea, al menos de 20 millones de euros, igual al 8% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural, minorado en las bases imponibles negativas pendientes de compensar.

No obstante, el porcentaje será del 4% para las entidades mencionadas con anterioridad, en las que al menos el 85% sus ingresos corresponden a rentas exentas o dividendos con derecho a deducción.

Con independencia de lo anterior, para el pago fraccionado cuyo plazo de declaración vence el 20 de abril de 2012, los porcentajes serán del 4% y del 2% respectivamente.

Regularización Fiscal - Declaración Tributaria Especial

Mediante el Real Decreto Ley 12/2012, de 30 de marzo, publicado en el BOE en fecha 31 de marzo 2012, se introduce la posibilidad de regularizar los bienes o derechos que no deriven de rentas declaradas en el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes mediante una declaración tributaria especial.

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no residentes que sean titulares de bienes o derechos que no se correspondan con rentas declaradas en dichos impuestos podrán regularizar su situación tributaria a través de una declaración tributaria especial.

La regularización se realizará ingresando un 10% del importe o valor de adquisición de los bienes o derechos que se regularicen, sin sanciones, intereses ni recargos por declaración extemporánea e ingreso fuera de plazo.



Aplicación práctica del cohecho entre particulares


Ya informamos en su fecha de la modificación del Código Penal y en especial en relación con la figura del cohecho. La modificación del artículo 286 del Código Penal ha sido objeto de mucha controversia y de muchas consultas por parte de clientes en relación con los límites de la aplicación del tipo penal y que podía considerarse o no cohecho entre particulares. 

A los efectos de atender el mayor número de consultas recibidas hemos considerado oportuno preparar la presente circular esperando que la misma les clarifique esta controvertida figura.

Preparación Cuentas Anuales ejercicio 2011


* Circular facilitada por la empresa ACTIVA.

A punto de terminar el primer trimestre del año, muchas empresas se encuentran en pleno proceso de cierre contable y de preparación de sus cuentas anuales. Muchas de ellas se encuentran, por tanto también, en pleno proceso de auditoría. En general, la auditoría se ha complicado en los últimos años debido a:

  • Las distintas problemáticas que surgen como consecuencia del contexto de crisis en que vivimos.
  • La mayor complejidad del marco legislativo en que se mueven las empresas y que redunda en mayor complejidad del trabajo de los auditores.
  • Los mayores exigencias a las que están sometidas los auditores que tienen su origen en un nuevo marco regulatorio más exigente para ellos (normativa contable, nueva Ley de Auditoría de Cuentas, nuevas normas de auditoría emanadas del organismo regulador ICAC, gran aumento de la actividad inspectora de este organismo).

En esta circular, ACTIVA desea destacar algunos de los puntos “sensibles” de las auditorías del ejercicio 2011.

Real Decreto Ley 9/2012 de 16 de marzo, "Modificaciones en la Ley de Sociedades de Capital y en la Ley de Modificaciones Estructurales"

El RDL 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital (“RDL 9/2012”), publicado en el BOE el pasado 17 de marzo de 2012, modifica varios preceptos de la Ley de Sociedades de Capital (“LSC”) y de la Ley de Modificaciones Estructurales (“LME”).


Las novedades introducidas por el RDL 9/2012 han entrado en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el 18 de marzo de 2012.

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