lunes, 1 de abril de 2013

Días de libre disposición: recuperables o no recuperables



Los gerentes, administradores y directores de servicios sociales, en numerosas ocasiones, nos han planteado la consulta de si los días de libre disposición, se tienen que considerar como días recuperables o como no recuperables, a efectos del cómputo de la jornada laboral anual de 1792 horas de trabajo efectivo del sector asistencial.

Al respecto, hay que concluir que actualmente, de los 4 días, 2 de ellos son recuperables y 2 no son recuperables.

Para llegar a dicha conclusión, procede analizar la situación actual de la normativa vigente y la jurisprudencia de referencia:


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