lunes, 12 de noviembre de 2012

Nuevo procedimiento de liquidación de IVA en obras y construcción

El pasado 30 de octubre de 2012, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el Fraude fiscal.

De entre las novedades más significativas introducidas en la mencionada Ley, destacamos el nuevo procedimiento de Liquidación del IVA en las ejecuciones de obra que entra en vigor en fecha 31 de octubre de 2012.

En este sentido, la nueva Ley 7/2012, de 29 de octubre (que modifica la Ley 37/1992 del IVA), incluye un nuevo supuesto de Inversión del Sujeto Pasivo que establece que:

“f) Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos formalizados directamente entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando los destinatarios de las operaciones sean a su vez el contratista principal u otros subcontratistas en las condiciones señaladas.”

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