En la presente nota informativa se resumen las principales novedades legislativas en los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades introducidas en el Real Decreto Ley 9/2011, de 19 de agosto, Real Decreto-ley 12/2002, de 30 de marzo y el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio.
En nuestra circular 45/12 les informábamos sobre la modificación, pero no obstante hemos considerado oportuno la confección de la presente circular a los efectos de analizar la casuística concreta debido a la complejidad del tipo de la cuota tributaria, según la legislación vigente.
§ El Real Decreto Ley 9/2011 incrementó el porcentaje aplicable para el cálculo de los pagos fraccionados bajo la modalidad de la base imponible del período de los 3,9 y 11 primeros meses de cada ejercicio (en adelante modalidad artículo 45.3 de la Ley del IS).
§ El Real Decreto Ley 12/2012 estableció un importe mínimo para la modalidad de base imponible del artículo 45.3 de la Ley del IS para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2012 y 2013 para los sujetos pasivos cuyo importe de la cifra neta de negocios en los doce meses anteriores a los periodos impositivos iniciados en los años 2012 y 2013 sea al menos de 20 millones de euros.
§ El Real Decreto Ley 20/2012 modificó los porcentajes para el cálculo de los pagos fraccionados determinados bajo la modalidad del artículo 45.3 de la Ley del IS con efectos para los pagos fraccionados cuyos plazos de declaración se iniciarán a partir de 15 de julio de 2012.
1. PAGOS FRACCIONADOS SEGÚN MODALIDAD 45.2 LIS (cuota tributaria IS)
(Cálculo sobre la casilla 599 de la última Declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada).
CIFRA NETA NEGOCIOS (CNN)
|
CUOTA TRIBUTARIA
|
Empresas con CNN hasta 6.010.121,04 millones año anterior
|
18%
|
(Cálculo realizado sobre los Resultados del período).
CIFRA NETA NEGOCIOS (CNN)
|
CUOTA TRIBUTARIA
|
Empresas con CNN
menos 6 millones euros
|
21% Base imponible
Compensación BINS sin límite
|
Empresas con CNN
entre 6 a 10 millones euros
|
21% Base imponible
Compensación BINS sin límite
|
Empresas con CNN
entre 10 a 20 millones euros
|
23% Base imponible
Compensación BINS sin límite
|
Empresas con CNN
entre 20 a 60 millones euros
|
26% Base imponible
§ Compensación BINS con el límite del 50% de la Base imponible previa a compensación.
§ Importe mínimo del pago: 12% del resultado positivo de P y G minorado en pagos anteriores.
|
Empresas con CNN de
más 60 millones euros
|
29% Base imponible
§ Compensación BINS con el límite del 25% de la Base imponible previa a compensación.
§ Importe mínimo del pago: 12% del resultado positivo de P y G minorado en pagos anteriores.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario