En aplicación del artículo 53 de la Ley 5/2012, del 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos del día 23 de junio de 2012, los trámites en el Registro de Empresas Acreditadas del Sector de la Construcción en Cataluña (REA) implican el pago previo de una tasa.
Las tasas a aplicar son las siguientes:
a) Para la tramitación de la solicitud de inscripción: 100 euros
b) Para la tramitación de la solicitud de renovación: 100 euros
c) Para la tramitación de la solicitud de variación de datos: 20 euros
d) Para la tramitación de la solicitud de cancelación a instancia de parte: 20 euros
De acuerdo con los artículos 70 y 71 de la Ley 30/1992, si, finalizado el plazo, se comprueba que no se ha realizado el pago se entenderá por desistida la solicitud y se archivará el expediente.
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