Las operaciones vinculadas efectuadas a partir del 19-2-2009 deben documentarse aunque se trate de operaciones continuadas iniciadas antes de dicha fecha, adjunto os enviamos la consulta V1567-09 de 30 de junio de 2009.
En este sentido, el Real Decreto 1793/2008, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, introdujo entre otras modificaciones, la obligación de documentación en el desarrollo del artículo 16.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
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