martes, 31 de enero de 2012

Retenciones de arrendamiento de inmuebles.


Como continuación a la Circular enviada 1/2012 de Novedades Fiscales para el ejercicio 2012, y a los efectos de recordarles que con motivo de la aprobación del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de Diciembre de Medidas Urgentes para la corrección de déficit público, se ha establecido que el importe de las retenciones a cuenta del I.R.P. F. derivado del arrendamiento de inmuebles quede fijado en los próximos dos ejercicios en el 21%.

La modificación de los tipos de retención es con efectos del 1 de Enero del 2012, es decir que debe ya aplicarse a  los recibos correspondientes al mes de enero del ejercicio 2012.

Igualmente recordarles que en nuestra circular 7/2012 incluíamos las tablas correspondientes al Índice de Precios al Consumo, tanto referenciado al conjunto del territorio nacional como a Catalunya, donde encontrará las variaciones del I.P. C., que suele ser el criterio de variación de rentas para los arrendamientos al que se remiten la mayoría de los contratos de arrendamientos.

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